Argenis Méndez Echenique
SINTESIS
1-
La demolición de la antigua sede del Hospital “Pablo Acosta Ortiz” constituye
un atentado contra el Patrimonio Histórico – Cultural de Apure.
2-
El edifico en referencia está amparado por la Constitución Nacional de la
República Bolivariana de Venezuela (artículo 99), la Ley de Protección y
Defensa del Patrimonio Cultural y la Providencia Administrativa Nº 012/05,
de fecha 30 de Junio de 2005, sobre “Instructivo que regula el Registro
General del Patrimonio Cultural Venezolano y el manejo de los bienes que lo
integran”. debido a que está incluido entre el catálogo de bienes
culturales censados por el Instituto de Patrimonio Cultural en el lapso 2004 –
2006.
3-
El organismo responsable de la demolición (FUNDACITE – APURE) carece de la
mínima permisología para realizar el mencionado trabajo (ni de Ingeniería
Municipal, ni del Instituto de Patrimonio Cultural u otro organismo).
4-
La obra en demolición no tiene ningún tipo de valla informativa para la
comunidad. No se sabe quien es responsable de la obra, propósito que se
persigue con la demolición, costo monetario de la obra, nombre del Ingeniero
Residente, entre otras cosas.
INTRODUCCIÓN.
Para el
venezolano, y el latinoamericano en general, formado intelectualmente bajo una
óptica capitalista se le dificulta concebir la riqueza intangible de las cosas.
Ese criterio única y exclusivamente financiero, descarta aquello que no le
produce dinero “contante y sonante”. Los valores morales y éticos de un buen
revolucionario, bolivariano y socialista no existen para él. De allí que hablarle
de tradición, historia e identidad de un pueblo le suene a basura. No comprende
ese sentido de querencia que puede albergar en el espíritu de la gente con
respecto a sus pertenecías y sus compatriotas, el humanismo, la solidaridad y
el amor al prójimo, no existen. De allí que su mente se enfoca a conquistar, no
importa los medios, la meta que se proponga.
Ante personas que
carecen de esa hermosa visión de humanidad se estrellan los esfuerzos de muchos
compatriotas por fortalecer nuestra conciencia histórica sobre los valores
culturales que nos identifican como pueblo. Pero es necesario reivindicar
nuestras costumbres y tradiciones, para que conociendo nuestras raíces, con sus
aciertos y desaciertos, podamos caminar de frente a un futuro promisor de redención
social y política.
Es deber nuestro
dejar atrás la política de destrucción del patrimonio cultural practicado
indiscriminadamente durante los gobiernos de la IV República, que estaba guiada
solo por el afán de lucro personal, engañando al pueblo con el señuelo de un
supuesto progreso. Aquí en Apure conocemos de lamentables casos de destrucción
de nuestros bienes patrimoniales materiales e inmateriales: la antigua Iglesia
de San Fernando, el antiguo Palacio de Gobierno (conocido como “Palacio
Fonsequero”), la Plaza Libertad, la Casa “Mis Atamaica”, el intento de
desvirtuar la letra y música de nuestro glorioso “Vuelvan Caras”, entre otros.
En nuestro
criterio, el Ejecutivo Regional debe ser muy cauto al tomar medidas que afecten
el sentir del pueblo y que atenten contra la esencia del Patrimonio Histórico –
Cultural de la región.
Recordemos que
ayer, hoy y mañana, cuando la política oficial del Gobierno Bolivariano del
Comandante Hugo Chávez Frías es realizar una revolución integral del venezolano
para crear un hombre y una mujer nuevos, propiciando el rescate y protección de
nuestro Patrimonio Cultural; por lo que no se deben destruir los pocos o muchos
signos que conforman ese acervo cultural que nos identifica. Porque, de manera
harto criminal, estaríamos destruyendo el espíritu de ese pueblo glorioso y
abnegado que es el apureño. No solo es nefasta la acción mediática de quienes
han vendido su alma al imperio y utilizan los medios de comunicación social
para envenenar la mente de nuestros jóvenes; sino que también nuestra pasividad
nos puede hacer cómplices de la desmemoria y el engaño. Conozcamos nuestra
historia para avanzar con paso firme hacia el futuro. Es necesario construir,
no destruir.
LOS HECHOS
RELACIONADOS CON LA DEMOLICIÓN DE LA ANTIGUA SEDE DEL HOSPITAL “PABLO ACOSTA
ORTIZ”, DE SAN FERNANDO DE APURE (2008 -2009).
Hacia las diez de
la mañana del día treinta (30) de Octubre del pasado año 2008, estando yo
(Argenis Méndez Echenique) en la “Casa de Bolívar” de la ciudad de San Fernando
fui alertado, POR MI CONDICIÓN de Cronista del Estado Apure y Presidente de la
Sociedad Bolivariana del Estado Apure, sobre los trabajos de demolición que se
habían iniciado en la antigua sede del Hospital “Pablo Acosta Ortiz” (que ocupa
toda una manzana ubicada entre las calles Bolívar, Sucre, Diamante y Palo
Fuerte), por lo que en compañía de varias personas integrantes de la comunidad
sanfernandina y de la Sociedad Bolivariana (Pedro Pablo Olivares, Hugo Arana
Páez, Juan Peña, entre otros), me trasladé hasta el antiguo lugar hospitalario.
Estando allí llegó la señora Aída Rodríguez de Le Maitre, de Asoparque, el
periodista Manuel Abrizo, la doctora Mahiani Tovar, de la Sala Situacional de
la Residencia del Gobernador, y el Profesor Eduardo Hernández Bolívar, Coordinador
de la Plataforma Patrimonial del Instituto del Patrimonio Cultural (IPC) en el
Estado Apure.
Este inmueble fue
inaugurado el 07 de Agosto de 1881, bajo la administración del general Raimundo
Fonseca, Presidente del Estado Apure, y fue destinado a sede del Hospital de
Caridad, de dependencia municipal, que funcionaba en la ciudad de San Fernando,
y era el único dispensador de salud en todo el Estado Apure. Aparte de eso, en
una ciudad donde la mayoría de sus casas eran de bahareque, este edificio, en
su momento, constituyó un nuevo estilo arquitectónico a nivel regional, por su
solidez y elegancia de formas, que sirvió de modelo para las nuevas
construcciones oficiales y habitacionales.
En 1930 ese
histórico inmueble fue remodelado por iniciativa del Doctor Pedro Felipe
Arreaza Calatrava, Director del Hospital de Caridad de San Fernando y, a la
vez, Presidente – Fundador de la Sociedad Bolivariana del Estado Apure, por lo
que en la conmemoración del Primer Centenario de la muerte del Libertador le fue
construida, en un patio interior, una plazoleta con un busto en mármol blanco
de Alejandro Próspero Reverend, último médico de cabecera del Padre de la
Patria, y un Arco Conmemorativo del inicio de los estudios médicos en Venezuela, y el recinto hospitalario fue rebautizado con el nombre del eminente médico
larense Pablo Acosta Ortiz. Este importante centro de atención a la salud
funcionó en ese inmueble hasta 1977, año en que fue trasladado hasta las
instalaciones que hoy ocupa en la Avenida Caracas de nuestra ciudad capital.
El antiguo local
fue destinado a sede del Liceo “Rómulo Gallegos”, que otorgaba el título de
Bachiller con mención en Enfermería. Luego, al ser traslado el centro educativo
a una sede nueva y propia, el antiguo recinto hospitalario cayó en el abandono,
aún cuando se intentó recuperarlo para otras instituciones. Sin embargo,
siempre fue y ha sido reseñado como uno de los pocos bienes patrimoniales de
carácter histórico – cultural de Apure. Allí, en casi un siglo de
funcionamiento como centro de salud, nacieron, sanaron y murieron miles de
apureños, por lo que también tiene un valor sentimental para nuestra gente.
La comisión que
partió de la “Casa de Bolívar”, el día 30 de Octubre del año pasado 2008,
integrada por el grupo de personas que se mencionó al principio de este
escrito, asistió a investigar sobre lo que acontecía en la antigua sede del
Hospital “Pablo Acosta Ortiz”, y allí procedió a dialogar con los trabajadores
que realizaban la demolición; ellos informaron que actuaban obedeciendo órdenes
del Ingeniero Rafael Polanía, Presidente de la Fundación para la Ciencia y la
Tecnología (FUNDACITE) en Apure. Se procedió a telefonear al Ingeniero Polanía
para invitarlo a reunirse con nosotros y éste atendió el llamado e informó al
grupo de ciudadanos allí presentes sobre el Proyecto de Construcción de la
Ciudadela de la Ciencia, incluso mostró fotografías de una maqueta del
mencionado proyecto. Esta reunión fue reseñada por la periodista Thais Diamond
del semanario “Semana Hoy” (Nº 380, de 31 de Octubre al 06 de Noviembre de
2008; p. 20).
Pero al observar
los integrantes de la comisión ya mencionada en líneas anteriores que no
existía ninguna valla que informase a la comunidad sobre la obra que se
pretende realizar, el costo de la misma, el nombre del ingeniero residente y la
empresa responsable, se le preguntó al ingeniero Polanía sobre la respectiva
permisología para realizar el trabajo, tanto de Ingeniería Municipal como del
Instituto del Patrimonio Cultural, por el valor histórico del inmueble que
estaba siendo intervenido, el cual constituye una de las pocas edificaciones
patrimoniales de carácter histórico – cultural del Estado Apure y aparece
registrada en el Catálogo de Bienes elaborado por el Instituto de Patrimonio
Cultural en base al Censo realizado en el lapso 2004 – 2006.
El Ingeniero
Polanía expresó que no tenía los permisos respectivos por cuanto en el proyecto
solo estaba contemplado demoler la parte más nueva de la antigua edificación y
que, según él, no constituía patrimonio cultural alguno. Además, como era una
obra ejecutada por un organismo nacional no requería de ningún permiso. Sin
embargo, tanto mi persona (AME) como el señor Hernández Bolívar, del IPC, le
hicimos ver que toda obra declarada monumento nacional o de interés cultural
por el IPC, como es el caso de la antigua sede del Hospital “Pablo Acosta
Ortiz”, así tuviese un día de construida debe ser respetada y para
intervenirlas, según la legislación vigente, se necesita el permiso del
Instituto del Patrimonio Cultural, cuya sede principal está en Caracas y en
Apure tiene representación.
Atendiendo a todas
las razones expuestas se le recomendó al Ingeniero Polanía elaborase un informe
completo y bien sustentado técnicamente sobre su proyecto y lo enviase a las
instancias correspondientes para obtener la permisología necesaria para
continuar el trabajo.
Es de observar que
este viejo edificio del hospital sanfernandino, al igual que otros inmuebles de
Apure, fue incluido en el Catálogo elaborado al realizarse el Primer Censo de
Patrimonio Cultural Venezolano (Municipio San Fernando) en el lapso 2004 – 2006
(Ver páginas 46 y 47), por lo que el Instituto de Patrimonio Cultural lo
declaró, junto a otros inmuebles, como Bien de Interés Cultural, “según
la Resolución Nº 003-05 de fecha 20 de febrero del 2005. Día del 146º
aniversario de la Federación, quedando sometidas a las disposiciones
contempladas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la
Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural y su Reglamento y demás normas
que rigen la materia”.
Se tiene
conocimiento que el Ingeniero Polanía, atendiendo nuestras sugerencias, envió
al Instituto del Patrimonio Cultural (IPC) una solicitud de permiso para
continuar los trabajos de demolición de la antigua sede del Hospital y de allí
le respondieron haciéndole algunas recomendaciones (mediante comunicación Nº PR
– 1618/08 / 00052998, de fecha 17 de diciembre de 2008, que él acusó como
recibida el día 06 de Enero de 2009). Pero el Ingeniero Polanía, no atendiendo
a las orientaciones del Instituto de Patrimonio Cultural, procedió a ordenar,
una semana antes del proceso aprobatorio de la Enmienda Constitucional, a que
se continuase con los trabajos de demolición, violando una serie de normas
jurídicas vigentes que rigen casos como el presente (la Constitución Nacional
de la República Bolivariana de Venezuela (artículo 99 y la Ley de Protección y
Defensa del Patrimonio Cultural).
Para el día
miércoles 18 de Febrero de 2009 los trabajos de demolición estaban
prácticamente concluidos, pero un numeroso grupo de personas de la colectividad
nos buscaron para que nuevamente interviniésemos y tratásemos de para la
destrucción. Allí, frente a la sede del antiguo Hospital, nos reunimos con
gente del sector cultura (de la Plataforma del Ministerio de Cultura y de la
Sociedad Bolivariana) y se tomó la decisión de invitar al Defensor del Pueblo
para que tomase cartas al asunto. De esta última dependencia oficial asistió la
Doctora Alejandra Fernández, quien se entrevistó con los allí presentes
(incluido un funcionario de la Alcaldía, adscrito, según él, a una Oficina de
Patrimonio de esta entidad municipal), tomó nota y levantó acta de la denuncia
que se le hacía (que fue firmada por los presentes) y convocó a una reunión en
su despacho (donde se esperaba estuviese asistiese el Ingeniero Polanía), para
el día jueves 25 de febrero de 2009, a las 3:00 p.m.
ASPECTO JURÍDICO
DEL CASO.
A nuestro modesto
entender, con la demolición de parte de la antigua sede del Hospital “Pablo
Acosta Ortiz”, edificio que forma parte del patrimonio histórico –cultural de
Apure, se está atentando no solo contra el acervo de nuestra historia regional,
sino también contra nuestra legislación vigente, producto de los nuevos cambios
que adelanta la revolución bolivariana y socialista dirigida por el Comandante
Hugo Chávez.
Seguidamente
señalamos algunos textos jurídicos que consideramos vulnerados.
1
Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
En el artículo 99
(Capítulo VI. De los Derechos Culturales y Educativos) nuestra Carta Magna
señala en uno de sus párrafos:
“Los valores de la
cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho
fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones,
instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios… El Estado garantizará
la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del
patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la
Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son
inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y
sanciones para los daños causados a estos bienes”.
2
-
Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.
Artículo 2º.
Establece que la defensa del Patrimonio Cultural es responsabilidad del
Estado.
Artículo 4º. Habla
de la Inalienabilidad y imprescriptibilidad del Patrimonio Cultural.
El artículo 6º.
Numeral 2. Trata de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la
República.
El artículo 21.El
Instituto de Patrimonio Cultural tiene la potestad de emprender o autorizar
intervenciones de los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural.
El artículo 32 se
refiere a la Autorización del Instituto de Patrimonio Cultural para
intervenir cualquier bien cultural.
Artículo 44. Alude
a las sanciones para quienes violen las normas establecidas con relación al
Patrimonio Cultural: Prisión de 2 a 4 añosa los infractores de la Ley.
Artículo 45.
Sanciones para quienes por imprudencia o negligencia: la mitad de la sanción
establecida en el artículo 44.
3Providencia Administrativa Nº 012/05, de fecha 30 de Junio de 2005, sobre “Instructivo
que regula el Registro General del Patrimonio Cultural Venezolano y el manejo
de los bienes que lo integran”.
El artículo 21 de
este mencionado Instructivo establece:
“Toda intervención
de los bienes culturales inscritos en el Registro General del Patrimonio
Cultural que pudiera afectar los valores que motivaron su inclusión en el
mismo, deberá ser previamente autorizado por el Instituto del Patrimonio
Cultural.
Las solicitudes de
autorización a ser expedidas por el Instituto del Patrimonio Cultural, deberán
estar acompañadas del respectivo proyecto de intervención, elaborado por un
profesional debidamente capacitado para ello.
Igualmente se
podrá presentar dicha solicitud por ante la oficina municipal con competencia
en materia de patrimonio cultural respectiva, la cual podrá hacer
recomendaciones para luego remitirla al Instituto del Patrimonio Cultural a los
fines de la emisión de la autorización”.
El artículo 24 del
mismo mencionado Instructivo indica:
“A los fines de la
protección de los bienes inscritos en el Registro General del Patrimonio
Cultural, el Instituto del Patrimonio Cultural podrá tramitar procedimientos
administrativos a los fines de determinar la responsabilidad administrativa de
los infractores de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, en
el curso de los cuales podrá dictar las medidas anticipativas que considere
necesarias para evitar posibles daños irreparables a los bienes registrados”.
PROPUESTAS.
Considerando que
el proyecto “Ciudadela de la Ciencia”, propuesto por el Ingeniero Rafael
Polanía es bastante ambicioso y que su ejecución debe realizarse en un espacio
más amplio que el de la antigua sede del Hospital “Pablo Acosta Ortiz””,
atendiendo a sugerencias del sector cultura, me atrevo a plantear:
1-
Reubicar el proyecto “Ciudadela de la Ciencia” en un espacio
suficientemente amplio para construir la infraestructura que se proponen sus
proyectistas, con áreas destinadas para oficinas, salas de consulta,
anfiteatros, estacionamientos, entre otras. A orillas de la carretera perimetral
sur de la ciudad de San Fernando de Apure se observan varios terrenos vacuos y
capacidad para desarrollar el proyecto arquitectónico.
2-
Solicitar a la Contraloría General de la República una investigación
administrativa del caso, por la serie de irregularidades que se observan.
3-
Restaurar la parte demolida de la antigua sede del Hospital “Pablo Acosta
Ortiz”, rigiéndose por los planos de la antigua construcción.
-- Entregar, una vez restaurada, la antigua sede
del Hospital “Pablo Acosta Ortiz” a los entes culturales oficiales que hacen
vida en la región y carecen de inmuebles propios (Secretaría de Cultura del
Ejecutivo Regional, Plataforma del Ministerio de la Cultura, la Orquesta
Sinfónica, entre otros).
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